No todas las vías llegan a la escritura. Estas son las opciones y por qué la mayoría se detiene antes del notario.
Quien tiene capital en criptoactivos y quiere comprar en España se encuentra con varias vías. La diferencia entre ellas no es el precio: es si la operación llega o no a inscribirse ante notario, de forma legal y sin riesgo de blanqueo.
| Método | El problema |
|---|---|
| Vender la cripto en un exchange y transferir los euros | El exchange no siempre acredita el origen de los fondos como el notario exige, ni estructura el pago por hitos. Falta el escrow y la coordinación notarial. |
| Acuerdo P2P directo con el vendedor | Informal y arriesgado: ni comprador ni vendedor tienen garantía, y el notario no inscribe una compraventa sin origen acreditado ni cumplimiento AML. |
| Transferencia directa cripto a cripto | Un notario español no da fe de un pago liquidado en una cartera opaca. El pago debe llegar como euros, con trazabilidad. |
| Cuandeoro (el riel) | Resuelto: conversión regulada a euros, escrow 2-de-3 (comprador, vendedor, notario), cumplimiento Ley 10/2010 y MiCA, y cierre notarial con origen acreditado. |
Cuandeoro no es un exchange ni un intermediario que se sienta sobre su dinero. Es la infraestructura que orquesta las tres cosas que las demás vías dejan sueltas: convertir a euros con una entidad regulada, custodiar el valor sin apropiárselo (escrow multifirma) y coordinar el cierre ante notario. Ninguna llave del depósito es de Cuandeoro.
Por el servicio se aplican nuestras tarifas de orquestación a comprador y vendedor. La agencia mantiene su comisión íntegra.
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